PLAN OPERATIVO ANUAL
Que el Decreto 1876 del 3 de agosto de 1994 en su artículo 24, establece que Las Empresas Sociales del Estado deberán elaborar anualmente un Plan de Desarrollo de conformidad con la ley y sus reglamentos, al igual que la Resolución No 710 de 2012 en su anexo No 1 que establece que el plan de gestión debe ser coherente con el plan de desarrollo y exigible su aprobación por parte de la Junta Directiva.
De acuerdo con lo establecido en el Artículo Tercero del Decreto 115 de 1996, por el cual se establecen normas sobre la elaboración, conformación y ejecución de los presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de aquellas, dedicadas a actividades no financieras: «El presupuesto deberá guardar concordancia con los criterios del Plan Nacional de Desarrollo, del Plan de inversiones.
Que el artículo 11 del Decreto 1876 de 1994 establece que dentro de las funciones de la Junta Directiva, está la aprobación del Plan Operativo Anual así como Analizar y aprobar el proyecto de presupuesto anual, de acuerdo con el Plan de Desarrollo y el Plan Operativo para la vigencia.
DEFINICIÓN
El POA es una de las herramientas de planificación de la inversión, que le permiten a la alta gerencia determinar cuál es el conjunto de planes, programas y proyectos que de manera prioritaria se incorporarán en la ejecución del presupuesto de la vigencia y que ayudan al cumplimiento de la Visión de la ESE Hospital Universitario de Santander.